El Blog de Gerard Garcia-Gassull

Relación de últimos beneficiarios de entidades establecidas en la Unión Europea



En el marco de la Directiva de la Unión Europea para la lucha contra el blanqueo de capitales se introdujo una medida que consiste en obligar a los países miembros a aprobar la normativa necesaria para la obligación de informar a todas las entidades de quienes sean sus beneficiarios económicos, siempre y cuando éstos dispongan de al menos del 25% de las mismas.

Esta normativa deberá estar aprobada antes de Mayo de 2017 que es cuando se cumplirán los 2 años desde la aprobación de la Directiva de referencia. 

La obligación de informar afecta a todo tipo de entidades, esto es, compañías mercantiles de cualquier clase, sociedades civiles, fundaciones privadas y contratos fiduciarios como los trusts anglosajones. 

Se entiende que en el  ámbito de las sociedades civiles los principales afectados serán las partnerships holandesas, escocesas e inglesas. En cuanto a los trust, los de Malta y Chipre (en el Reino Unido no se establecían tantos Trusts ya que estos tributaban a menos que el trust fuese de otra jurisdicción).

Por lo que respecta a las compañías mercantiles deberemos pensar en las SOPARFI de Luxemburgo, las ETVE españolas, las HOLDCO holandesas, maltesas, chipriotas, madeirenses e irlandesas. 

El listado que se confeccione estará a disposición de las autoridades de los Estados Miembros de la Unión Europea y de quien pueda acreditar un interés legítimo. Esta expresión "interés legítimo" es suficientemente inconcreta como para asumirse que la determinación de su alcance y límites requerirá una labor interpretativa por parte de los tribunales.

La cuestión es que se desconoce como afectará a las decisiones de las empresas y particulares en la planificación de su internacionalización. 


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