El Blog de Gerard Garcia-Gassull

¿Cómo se castiga a un Juez que dicta una resolución arbitraria?

El término “prevaricación” procede del latín, su significado corresponde a andar de forma torcida o desviarse del camino recto.

Nos encontramos ante un caso de prevaricación judicial cuando un Juez o Magistrado dicta una resolución de forma arbitraria, siendo consciente de la injusticia de ésta. A través de la comisión de este delito se menoscaba el buen funcionamiento de la Administración Pública, ya que se está cometiendo por parte del funcionario público un abuso de poder en el ejercicio de su cargo, valiéndose de sus competencias y prerrogativas para cometer un delito.




Para la comisión de este ilícito penal es necesario que nos encontremos ante una resolución injusta, produciéndose una aplicación del derecho inaceptable. Además, debe realizarse a sabiendas, es decir, siendo el Juez o Magistrado consciente totalmente de que a través de la resolución concreta se están aplicando interpretaciones inadmisibles en Derecho, siendo conocedor de que la resolución se aparta totalmente de la legalidad y omitiendo aquéllas fuentes, interpretaciones y pronunciamientos válidos y admisibles. 

Podemos discernir entre las penas que se imponen para el tipo de prevaricación judicial dolosa y las impuestas para la prevaricación judicial culposa. La principal diferencia entre ambas es que para la primera, de tipo doloso, se exige que en la resolución se dé una injusticia con absoluta notoriedad; y en el segundo caso, se exige que sea manifiestamente injusta, casos en los que el error es inexcusable y se hubiera evitado si el Juez o Magistrado hubiera sido diligente. Es decir, la diferencia radica en la gravedad de la prevaricación y por tanto, de la injusticia aplicada en la resolución. 

En el primer caso, de prevaricación judicial dolosa se imponen las siguientes penas:

- Se castiga con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito grave o menos grave y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años.

- Se castiga con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por delito leve.

- Se castiga con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas.

Y, para el segundo supuesto de prevaricación judicial culposa, se imponen las siguientes penas: 

- Se castiga con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años cuando incurra en  imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta.

Así mismo, cabe mencionar las penas impuestas en caso de negarse a juzgar sin justa causa o se de retraso malicioso, supuestos en los que a pesar de no dictarse resolución injusta se encuentran regulados en nuestro Código Penal dentro del apartado de Prevaricación judicial: 

- Se castiga con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años (i) cuando se niegue a juzgar, sin alegar causa legal, o so pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la Ley y (ii) cuando sea culpable de un retardo malicioso en la Administración de Justicia, entendiendo por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima.

Como ejemplo de retraso malicioso podemos mencionar la invención de trámites procesales que no son exigidos por Ley. 

En definitiva, cuando se comete el delito de prevaricación judicial, además de producirse una perturbación contra la Administración Pública, se está menoscabando el derecho a obtener una resolución, valga la redundancia, fundada en Derecho, en la cual el Juez o Magistrado ha impuesto su voluntad y criterio ante la interpretación válida de la Ley. 

0 comentarios:

Publicar un comentario