El Blog de Gerard Garcia-Gassull

Realizar una aportación de socios sin acudir al notario... ¡Es fácil, si sabes cómo!


Las aportaciones de los socios se definen como aquéllos elementos patrimoniales entregados por estos socios, cuando actúen como tal, en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas. Por tanto, se consideran aportaciones cuando no constituyan contraprestación por la entrega de bienes o la prestación de servicios realizados por la empresa, ni tengan la naturaleza de pasivo. Concretamente, incluye las cantidades entregadas por los socios o propietarios para compensación de pérdidas. 




En las capitalizaciones de compañías se acude habitualmente a la elevación a público del acuerdo de los socios y a su posterior inscripción en el Registro Mercantil. 

Sin embargo, existe una alternativa que permite evitar el coste que significa la intervención del Notario y del Registrador. Esta alternativa solo requiere un mínimo acuerdo de los socios con el propósito de capitalizar la Compañía ya sea para la compensación de pérdidas o bien, para el fortalecimiento del capital.

La partida contable a utilizar será la 118 del Plan General de Contabilidad (Aportación de socios y accionistas). Dado que se trata de una partida que se encuentra dentro del Título de las Reservas será de libre disposición. 

En conclusión: 

I. Se aporta a reservas, cuenta 118 del Plan General de contabilidad (“aportaciones de socios y propietarios");

II. Es una aportación que solo pueden efectuarla quienes ya son accionistas y de conformidad con sus porcentajes de participación. Hay una excepción, aquélla compañía con balance patrimonial negativo por más de un año, para restablecer el equilibrio patrimonial se permite que la aportación la haga cualquier socio sin necesidad de respetar porcentajes de participación;


III. La futura devolución de participaciones es una desinversión que no genera renta tributable a menos que la Compañía tenga otras reservas, en cuyo caso, se califica la devolución de aportaciones como dividendo tributable. 


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