El Blog de Gerard Garcia-Gassull

0%: Coste de la retención sobre intereses


Comentario al tratamiento de los intereses en el Convenio Fiscal de Venezuela con España 

0% es el coste de la retención sobre intereses en operaciones de préstamo

El Convenio entre Venezuela y España para Evitar la Doble Imposición es de 15 de junio del 2004 y en su Protocolo incluye una cláusula de nación más favorecida. 

Así el artículo 11 del Convenio dispone una retención del 10% sobre los intereses devengados en préstamos concedidos por cualquier entidad con excepción de las entidades financieras, para ese caso la retención es del 4,95%.

Ahora bien, el Protocolo que acompaña al Convenio incluye en su punto VII la clave de este 0%: 

“Si, con posterioridad a la firma del presente Convenio, un Estado contratante concluyera un Convenio de Doble Imposición con un Estado miembro de la Unión Europea, en el que se acuerde una tributación inferior a la establecida en el artículo 11, las disposiciones del Convenio firmado con posterioridad serán también aplicables, desde su fecha de entrada en vigor, al presente Convenio.” 

Pues bien, desde la firma del Convenio con Venezuela, España ha concluido no uno sino varios Convenios con países miembros de la Unión Europea que incluyen una retención inferior a la prevista en el Convenio con Venezuela. 

Así tenemos el Convenio con Malta de 7 de septiembre de 2006 y con Chipre de 26 de mayo de 2014 en donde se establece, en ambos casos, una retención a tipo cero. 

En concreto, el artículo 11 de cada Convenio dispone lo siguiente: 

- Malta: "Los intereses procedentes de un Estado contratante y pagados a un residente del otro Estado contratante sólo pueden someterse a imposición en este otro Estado."

- Chipre: "1. Los intereses procedentes de un Estado contratante cuyo beneficiario efectivo sea un residente del otro Estado contratante sólo pueden someterse a imposición en ese otro Estado."

Por tanto, la retención sobre intereses en operaciones de préstamo entre Venezuela y España quedó, de facto, reducida al 0% desde que se ratificó el Convenio con Malta, el 7 de septiembre del 2006. 

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